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Propietarios, administradores de fincas y agencias que gestionan alquiler de vivienda

Panel del propietario que alquila

La renta ya no se actualiza con el IPC. Y el índice que manda es uno solo.

El problema

Alquilar una vivienda son fechas que no avisan: el depósito de la fianza, las retenciones, la renovación, la actualización de la renta, el certificado energético. Y desde la Ley 12/2023 la actualización ya no va con el IPC, sino con el IRAV que publica el INE cada mes como límite del artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Aplicar el índice equivocado no es un detalle: es una subida por encima del límite legal que hay que devolver.

Qué se entrega

Qué NO hace

No damos asesoramiento jurídico ni redactamos demandas, no consultamos ficheros de morosos, no buscamos inquilino ni gestionamos el alquiler, no cobramos rentas y no vendemos seguros de impago. Y no puntuamos a nadie: no damos una nota de riesgo del candidato ni cruzamos su nombre con ninguna fuente que él no haya aportado. Decide siempre el propietario.

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Preguntas

¿Con qué índice se actualiza la renta?
Con el IRAV que publica el INE, que desde la Ley 12/2023 es el límite del art. 18 de la LAU para contratos de vivienda. Es una serie única nacional, no un índice por zonas: eso es otra estadística distinta, anual y con retraso, que sirve para situar el precio frente al mercado.
¿Comprobáis la solvencia del inquilino?
Comprobamos la documentación que el propio candidato aporta, con su consentimiento firmado, y explicamos la relación entre renta e ingresos. No es un scoring ni una consulta a ficheros.
¿Sirve para un administrador con muchas viviendas?
Sí, hay una modalidad para administradores y agencias con cartera, que sale a unos pocos euros por vivienda y año.